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CONTRATO DE DISEÑO WEB
Convenio de Confidencialidad y No Divulgación. Para empleados que trabajen
en/con empresas informáticas, de desarrollo, marketing on-line, o sitios webs
indeterminados.
Entre ___________________ (en adelante "el EMPLEADOR") con domicilio en
_________________ c/. _________________ por una parte y por la otra
AlojaTuWeb, representado en este acto por Rafael López González, con
domicilio real en Aranjuez-Madrid 28300, c/. Abastos 16, (en adelante "el EMPLEADO")
convienen:
En el marco de la relación laboral que los une, el EMPLEADOR revelará al
EMPLEADO información valiosa y confidencial. En orden de mantener la
confidencialidad de esta información, el EMPLEADO reconoce que:
1. En el curso de su trabajo a las órdenes del EMPLEADOR tendrá en ocasiones
acceso a la información secreta y confidencial del EMPLEADOR y/o de sus CLIENTES
y/o de sus PROVEEDORES y/o de sus ASOCIADOS y/o de terceros que hayan confiado
tal información al EMPLEADOR.
2. El EMPLEADO manifiesta conocer que las informaciones confidenciales a cuyo
conocimiento acceda o que genere con motivo de su relación con el EMPLEADOR
forman parte del patrimonio de este, de sus CLIENTES y/o de terceros de los
cuales es depositario de secreto.
3. El EMPLEADO afirma saber que el mantenimiento de una absoluta reserva
respecto de todas y cada una de estas informaciones constituye una condición
esencial de sus relaciones laborales presentes y futuras con el EMPLEADOR, dando
cumplimiento con ello a lo establecido en la legislación vigente, dado que el
conocimiento por terceros de dichos secretos perjudicaría al EMPLEADOR en el
desarrollo de su actividad comercial y/o lo colocaría en falta respecto de su
obligación de guarda de secretos hacia los CLIENTES y/o terceros.
4. En razón de lo anterior, el EMPLEADO se obliga a utilizar toda la información
a la que tenga acceso únicamente en el marco de la relación laboral y para el
mejor desarrollo de la misma y a preservar los secretos del EMPLEADOR, de los
CLIENTES y/o de los terceros, manteniéndolos en estricta confidencia.
5. El EMPLEADO entiende que en este sentido asume una obligación laboral
específica, y que en caso de incumplirla, dicho incumplimiento podrá ser motivo
de despido por justa causa, generándose además a favor del empleador una acción
judicial por los daños y perjuicios que pudieran haber sido ocasionados al mismo
y/o a terceras personas.
6. El EMPLEADO acepta que por la índole especial de las comunicaciones e
informaciones a la que tendrá acceso en el desempeño de su tarea que debe
considerar en principio secreta toda la información, por vía escrita, oral o
electrónica, a la que acceda o genere en el curso de su relación con este.
Particularmente, considerar como informaciones respecto de las cuales existe la
obligación de guardar secreto todas aquellas que se refieran directa o
indirectamente al desarrollo informático, a su método de trabajo, a los
negocios, a la organización interna del EMPLEADOR o de los CLIENTES o
EMPLEADORES del mismo o de los terceros que le comunicaron secretos en general.
7. Sin perjuicio de lo estipulado en este convenio, las partes declaran que no
existirá obligación de confidencialidad cuando se pruebe que:
a) La información ya se encontraba en el dominio público al momento de
conocerse, producirse o utilizarse, o entró luego en el dominio público sin
culpa del EMPLEADO.
b) La información estaba en el conocimiento del EMPLEADO, sin obligación de
guardar confidencialidad, con anterioridad a su relación con el EMPLEADOR.
c) La información fue desarrollada o recibida legítimamente de terceros por el
EMPLEADO en forma personal y privada, absolutamente independiente de su relación
con el EMPLEADOR.
d) Publicación en Web.
8. Ambas partes declaran conocer que cualquier revelación de la información
confidencial a la que tenga acceso, podrá constituir un ilícito de naturaleza
penal, de acuerdo a lo que establece el Código Penal, sujetándose en
consecuencia a las sanciones que prevé dicha disposición, haciéndose asimismo
responsable de los daños y perjuicios que su actitud pueda ocasionar tanto al
EMPLEADO como al EMPLEADOR, a los clientes de los mismos o a los terceros
propietarios de secretos confiados a la guarda de alguna de las partes.
9. Las partes se obligan a devolver cualquier documentación, publicación,
material o antecedente sustentado en cualquier tipo de soporte que constituya
una información confidencial o secreta, en el acto de cesar su relación laboral
en razón de cualquier circunstancia.
10. Las obligaciones derivadas del presente se mantendrán vigentes, aún luego de
finalizada la relación entre EMPLEADOR y EMPLEADO y durante los seis meses
posteriores a esta finalización. En caso de no poder determinar una fecha
cierta, el convenio se mantendrá vigente, por lo menos hasta el 31 de diciembre
del 2004. Ninguna de las estipulaciones contenidas en el presente pacto perderá
exigibilidad, aunque se extinga por cualquier causa la relación que los unía,
durante el plazo indicado en el primer párrafo de esta cláusula.
Conformes las partes se firman entre las mismas dos ejemplares, uno para cada
una de ellas, a los ................... días del mes de
........................... del 2012.
Empleador
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Empleado
AlojaTuWeb |
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