Acuerdo de Confidencialidad y no Divulgación

Contrato de Confidencialidad y NO divulgación, entre ___________________ (en adelante "el EMPLEADOR") con domicilio en _________________ c/. _________________ por una parte y por la otra AlojaTuWeb, representado en este acto por Rafael López González, con domicilio real en Aranjuez-Madrid 28300, c/. Abastos 16, (en adelante "el EMPLEADO") convienen: En el marco de la relación laboral que los une, el EMPLEADOR revelará al EMPLEADO información valiosa y confidencial. En orden de mantener la confidencialidad de esta información, el EMPLEADO reconoce que:

1. En el curso de su trabajo a las órdenes del EMPLEADOR tendrá en ocasiones acceso a la información secreta y confidencial del EMPLEADOR y/o de sus CLIENTES y/o de sus PROVEEDORES y/o de sus ASOCIADOS y/o de terceros que hayan confiado tal información al EMPLEADOR.

2. El EMPLEADO manifiesta conocer que las informaciones confidenciales a cuyo conocimiento acceda o que genere con motivo de su relación con el EMPLEADOR forman parte del patrimonio de este, de sus CLIENTES y/o de terceros de los cuales es depositario de secreto.

3. El EMPLEADO afirma saber que el mantenimiento de una absoluta reserva respecto de todas y cada una de estas informaciones constituye una condición esencial de sus relaciones laborales presentes y futuras con el EMPLEADOR, dando cumplimiento con ello a lo establecido en la legislación vigente, dado que el conocimiento por terceros de dichos secretos perjudicaría al EMPLEADOR en el desarrollo de su actividad comercial y/o lo colocaría en falta respecto de su obligación de guarda de secretos hacia los CLIENTES y/o terceros.

4. En razón de lo anterior, el EMPLEADO se obliga a utilizar toda la información a la que tenga acceso únicamente en el marco de la relación laboral y para el mejor desarrollo de la misma y a preservar los secretos del EMPLEADOR, de los CLIENTES y/o de los terceros, manteniéndolos en estricta confidencia.

5. El EMPLEADO entiende que en este sentido asume una obligación laboral específica, y que en caso de incumplirla, dicho incumplimiento podrá ser motivo de despido por justa causa, generándose además a favor del empleador una acción judicial por los daños y perjuicios que pudieran haber sido ocasionados al mismo y/o a terceras personas.

6. El EMPLEADO acepta que por la índole especial de las comunicaciones e informaciones a la que tendrá acceso en el desempeño de su tarea que debe considerar en principio secreta toda la información, por vía escrita, oral o electrónica, a la que acceda o genere en el curso de su relación con este. Particularmente, considerar como informaciones respecto de las cuales existe la obligación de guardar secreto todas aquellas que se refieran directa o indirectamente al desarrollo informático, a su método de trabajo, a los negocios, a la organización interna del EMPLEADOR o de los CLIENTES o EMPLEADORES del mismo o de los terceros que le comunicaron secretos en general.

7. Sin perjuicio de lo estipulado en este convenio, las partes declaran que no existirá obligación de confidencialidad cuando se pruebe que:
- a. La información ya se encontraba en el dominio público al momento de conocerse, producirse o utilizarse, o entró luego en el dominio público sin culpa del EMPLEADO.
- b. La información estaba en el conocimiento del EMPLEADO, sin obligación de guardar confidencialidad, con anterioridad a su relación con el EMPLEADOR.
- c. La información fue desarrollada o recibida legítimamente de terceros por el EMPLEADO en forma personal y privada, absolutamente independiente de su relación con el EMPLEADOR.

- d. Publicación en Web.

8. Ambas partes declaran conocer que cualquier revelación de la información confidencial a la que tenga acceso, podrá constituir un ilícito de naturaleza penal, de acuerdo a lo que establece el Código Penal, sujetándose en consecuencia a las sanciones que prevé dicha disposición, haciéndose asi mismo responsable de los daños y perjuicios que su actitud pueda ocasionar tanto al EMPLEADO como al EMPLEADOR, a los clientes de los mismos o a los terceros propietarios de secretos confiados a la guarda de alguna de las partes.

9. Las partes se obligan a devolver cualquier documentación, publicación, material o antecedente sustentado en cualquier tipo de soporte que constituya una información confidencial o secreta, en el acto de cesar su relación laboral en razón de cualquier circunstancia.

10. Las obligaciones derivadas del presente se mantendrán vigentes, aún luego de finalizada la relación entre EMPLEADOR y EMPLEADO y durante los seis meses posteriores a esta finalización. En caso de no poder determinar una fecha cierta, el convenio se mantendrá vigente, por lo menos hasta el 31 de diciembre del 2024. Ninguna de las estipulaciones contenidas en el presente pacto perderá exigibilidad, aunque se extinga por cualquier causa la relación que los unía, durante el plazo indicado en el primer párrafo de esta cláusula.

Conformes las partes se firman entre las mismas dos ejemplares, uno para cada una de ellas, a los ... días del mes de .................. del 2022